martes, 3 de mayo de 2011

EL PAÍS cuestiona una sentencia de Serrano PARA DESTACAR su procesamiento

El juez Serrano en el TSJA (diciembre, 2010). Fotografía en EL PAÍS el 3 de mayo de 2011

Tras publicar a finales de abril de 2011 el procesamiento por "prevaricación" del juez Serrano con su nombre en el titular (pincha), EL PAÍS publicaba el 2 de mayo esta sentencia de Serrano (con información de Europa Press) atribuyéndosela en el titular a "un juez" (pincha), pretendiendo eludir dar publicidad a su nombre. No es extraño, siendo EL PAÍS un reconocido instrumento al servicio de la causa del feminismo español más radical, que entre otras cosas tiene a Serrano en el punto de mira desde hace años por sus críticas a la Ley contra la Violencia de Género, en las que el juez persiste (pincha). La sentencia de Serrano es ejemplar, una lección magistral, y sin duda la respuesta que se merece el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que le ha procesado por "prevaricación" recientemente.

Pero EL PAÍS no se ha parado ahí, claro. Sus servicios a la causa para la que trabaja hacían necesaria una descalificación de esta sentencia de Serrano. Así, hoy 3 de mayo encontramos en su edición digital de la edición impresa (se ve que había que ocultarlo a los ojos de quienes vigilan desde internet su edición puramente digital...) un ejercicio de propaganda destinado a esa descalificación.  Cabe preguntarse, para empezar, por qué eligen como fotografía de Serrano una de 2010 en la que sale (se dice en el pie de foto muy clarito para que todo el mundo se entere) del TSJA tras declarar por la acusación de "prevaricación" que pesa contra él. El titular de la noticia vuelve a escamotear el nombre de Serrano, que es simplemente "un juez" siempre que no se trate de destacar que ha sido procesado, en cuyo caso es el juez Serrano en letras grandes en el título o, como en este caso, en el pie de la foto que se escoge oportunamente para recordar su procesamientoEn realidad, que EL PAÍS se haya tomado la molestia de cuestionar hoy esta sentencia tiene como único objeto destacar y recordar el reciente procesamiento del juez Serrano... ¿Y qué mejor que hacerlo cuestionando una de sus sentencias? Eso parecen haber pensado, aunque lo endeble del cuestionamiento haga asomar la patita de sus motivaciones... De hecho, en la edición impresa (papel) aparece bien destacado y desarrollado bajo esta noticia un resumen-recordatorio de las "sorprendentes" (muy certeras, en realidad) críticas de Serrano a las leyes de género, que sin duda son el motivo de la persecución y acoso que sufre desde todos los resortes que el feminismo radical controla, que son todos. Ese resumen-recordatorio no aparece debajo de la noticia en la edición digital de la edición impresa del periódico (pincha), sino que hay que pinchar en un enlace que aparece separado para leerlo (pincha).
En el caso que nos ocupa, el juez ha primado el "interés superior del menor", y ha tratado con igualdad a ambos progenitores (pincha), cuyos ingresos son semejantes. Como dice hoy EL PAÍS, "los padres han acordado vivir en el domicilio de los hijos por turnos cada semana de manera alternativa, pese a que la sentencia fija tres meses para respetar las evaluaciones escolares". ¿Cuál es el problema? Cuál va a ser: "La madre se opuso a la custodia compartida, pero el informe favorable del fiscal y el equipo psicosocial brindaron al juez la posibilidad de establecer esta solución", dice EL PAÍS, calificando inmediatamente esta solución como "peliaguda por sus inconvenientes prácticos y las tensiones familiares que puede acarrear". 
Para apoyar esta gratuita y partidista afirmación, EL PAÍS apela, claro, a los consabidos "expertos", y dice: "Lo llamativo es que se imponga ese modo de vida a los excónyuges sin acuerdo entre ellos, lo que para algunos expertos será muy conflictivo". Ya veo... Con lo fácil que sería darle la custodia a la madre (que para eso no quiere un acuerdo de custodia compartida), y que el padre deje de crear dificultades quedándose él con todas, es decir, apartándose de la vida de su hijo, ¿verdad? Pero qué ricuras... Por supuesto, estas personas no son expertos ni gaitas. Simplemente son los abogados cuya opinión ha considerado publicar EL PAÍS, muy INTERESADAMENTE, al servicio de quienes sólo piensan en el interés superior de la madre (si el menor se queda sin padre es secundario)... ¿Dónde están las opiniones favorables a esta sentencia? ¿No las ha encontrado EL PAÍS? Responda usted mism@, que a mí me da la risa...
Les seré franco. Esta señora ha tenido suerte. Yo le quitaría inmediatamente la custodia a un progenitor que se niega a la custodia compartida sin motivos para privar de sus derechos más elementales al otro progenitor y a su propio hijo. ¿No quiere custodia compartida? Perfecto. La custodia es para el otro. Que pase el siguiente...

Antes de leer la noticia tal como la cuenta EL PAÍS, pueden ver este vídeo de Telecinco en el que se hacen eco de la misma noticia pero de un modo muy distinto, para que decidan ustedes si el enfoque de EL PAÍS es tendencioso o no lo es; para que juzguen ustedes si EL PAÍS se ha esmerado en buscar opiniones favorables a la sentencia o más bien en escamotearlas interesadamente.




Leamos ahora la noticia de hoy en EL PAÍS (pincha)

Un juez ordena a dos divorciados turnarse en la casa por sus hijos

La sentencia apela a la protección del interés de los menores e impone que los excónyuges roten cada tres meses - Expertos ven esta solución "desquiciante"

JAVIER MARTÍN-ARROYO - Sevilla - 03/05/2011 

Un juez ha decretado que una pareja divorciada con dos hijos menores se turnen en el uso de su vivienda común de Sevilla cada tres meses. El magistrado les otorga la custodia compartida con la obligación de vivir por turnos en la casa para así primar el interés de los menores. No es la primera sentencia que impone esta solución salomónica que implica inconvenientes prácticos, entre otros, tener que contar con tres domicilios. La fórmula puede abrirse paso de la mano de leyes que regulan la custodia compartida en diferentes comunidades autónomas. Lo llamativo es que se imponga ese modo de vida a los excónyuges sin acuerdo entre ellos, lo que para algunos expertos será muy conflictivo.
El Tribunal Supremo estableció la semana pasada que el pago de la hipoteca contratada por ambos cónyuges para comprar la vivienda familiar deberá ser pagada a partes iguales en caso de divorcio, siempre que no se haya procedido a la liquidación de la sociedad de gananciales. "El Supremo nos ha hecho un guiño para liquidar el patrimonio tras la separación", valora María Pérez, letrada y secretaria de la asociación de abogados de familia.
Esta solución denominada "casa nido" implica un nivel salarial similar de los padres y habitualmente se establece como paso previo a la liquidación de la casa familiar. En este caso de Sevilla, los padres han acordado vivir en el domicilio de los hijos por turnos cada semana de manera alternativa, pese a que la sentencia fija los tres meses para respetar las evaluaciones escolares. La madre se opuso a la custodia compartida, pero el informe favorable del fiscal y el equipo psicosocial brindaron al juez la posibilidad de establecer esta solución, peliaguda por sus inconvenientes prácticos y las tensiones familiares que puede acarrear.
"Tanto el padre como la madre disponen de recursos personales, familiares y sociales para cubrir adecuadamente las necesidades materiales y afectivas de sus hijos", refleja la sentencia del juez de familia Francisco Serrano, de la que ayer informó Europa Press. El magistrado acuerda que cada cónyuge (la madre es funcionaria y el padre regenta un negocio) asuma los gastos ordinarios para la alimentación de sus hijos mediante una cuenta mancomunada con 250 euros mensuales. Serrano razona en la sentencia: "Hoy no puede concluirse apriorísticamente que solo las madres pueden preocuparse de dispensar a sus hijos la cobertura de sus necesidades afectivas y materiales [...] Se han de superar los prejuicios sexistas, exigiendo el interés de los hijos".
Hasta ahora, solo Aragón, Cataluña, Valencia y Navarra cuentan con regulación específica sobre la custodia compartida de los hijos, aunque el País Vasco está tramitándola. Además, solo Aragón la establece como el régimen preferente cuando se rompe la pareja si no hay acuerdo entre las partes. Esta circunstancia hace que este acuerdo de compartir la casa familiar por turnos sea aún infrecuente, así como que sea necesario el informe favorable del fiscal, que es vinculante. Pero sobre todo la fórmula es extraordinaria porque los ingresos de los cónyuges deben ser similarmente elevados y la grave crisis actual hace que vender el domicilio familiar no sea un buen negocio. "Muchos hombres lo ven como una utopía, pero no deben desistir porque si lo hacen, el legislador no se mueve", añade Pérez.
Otras voces discrepan sobre la conveniencia de la inusual medida: "No es común porque provoca un sinfín de problemas. Es una fuente de conflictos segura, sobre todo, si uno de los dos tiene pareja", opina la abogada Elvira Rodríguez. La letrada Amparo Díaz censura asimismo esta solución: "Es un poco desquiciante y una tortura, y al cabo del tiempo las partes suelen llegar a un acuerdo para cambiar el sistema". Esta vía suele ser transitoria; es habitual que los progenitores rehagan sus vidas tras la separación. "Con el tiempo es muy difícil trasladar a una familia completa para estar todos con el menor en la anterior casa familiar", plantea José Antonio Caparrós, de la Asociación por la Protección Integral de la Familia.

Un caso inusual

- Un juez ha decretado que una pareja con dos hijos menores se turnen en el uso de la vivienda familiar cada tres meses. La medida debe contar con el informe favorable del fiscal y los padres deben contar con ingresos salariales similares.
- Hasta ahora, Aragón, Cataluña, Valencia y Navarra han legislado para primar la custodia compartida de los hijos. El País Vasco está tramitándola.
- El Tribunal Supremo estableció la semana pasada que el pago de la hipoteca contratada por ambos cónyuges para comprar la vivienda familiar deberá ser pagada a partes iguales en caso de divorcio, siempre que no se haya procedido a la liquidación de la sociedad de gananciales.

Fuente: http://www.elpais.com/articulo/sociedad/juez/ordena/divorciados/turnarse/casa/hijos/elpepisoc/20110503elpepisoc_3/Tes 




Añado aquí el desarrollo del enlace que ofrece la edición digital de la edición impresa y que aparece destacado y desarrollado en la edición impresa (papel) bajo la noticia anterior:

Un magistrado polémico y procesado

J. M.-A. - Sevilla - 03/05/2011 

Al magistrado sevillano de familia Francisco Serrano le acompaña la polémica por sus controvertidas opiniones y unas decisiones judiciales puestas en entredicho. La última de ellas fue contrariada la semana pasada por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), que le ha procesado por un presunto delito de prevaricación al modificar el turno de custodia de un niño de 11 años, establecido por otro juzgado.
El magistrado cambió el turno de custodia de un menor que había establecido el Juzgado de Violencia sobre la Mujer 4, ampliando en día y medio su estancia con el padre divorciado con el fin de garantizar su salida como paje en una cofradía de la Madrugá sevillana, una decisión que, según el TSJA, "puede ser valorada como excesiva y, por tanto, inadecuadamente en función de las circunstancias".
Hace un año y medio, el juez estuvo en el centro de la polémica por unas sorprendentes declaraciones en las que afirmaba que la ley integral contra la violencia de género está "inspirada" en la "dictadura del feminismo radical" y encierra efectos perversos como las denuncias falsas. En otra entrevista, Serrano criticó que las denuncias falsas por maltrato hacia la mujer estaban provocando un "genocidio" entre los hombres, ya que las consecuencias que se estaban derivando-como la retirada de la custodia de los hijos- estaba llevando, dijo literalmente, a que "muchos hombres se estén suicidando".
"La violencia en el ámbito de la pareja es bidireccional, y en todos los países, salvo en España, lo que se protege y regula es la violencia en el ámbito doméstico, y no la violencia sobre la mujer", criticó Serrano. El magistrado sostiene que las denuncias falsas existen "porque hay interés en ello, ya que los recursos asistenciales para la defensa del maltrato se están financiando a través del número de denuncias" y también por "el interés de la señora que, en un momento dado, puede obtener una pensión no contributiva" a través de la misma. Serrano considera que muchos hombres sufren "maltrato institucional" y alega que lucha "por la verdadera justicia y la auténtica igualdad".
La presidenta del Observatorio contra la Violencia Doméstica y de Género, Inmaculada Montalbán, censuró al juez y le acusó de "carecer de rigor y fundamento alguno" por sus declaraciones. "Lo más grave es que parece imputar ligereza a los jueces que acordaron medidas cautelares". A continuación, el juez denunció a su colega por sus críticas, pero la Audiencia sevillana archivó el caso.

Fuente: http://www.elpais.com/articulo/sociedad/magistrado/polemico/procesado/elpepisoc/20110503elpepisoc_2/Tes

No hay comentarios:

Publicar un comentario